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Foto del escritorCaamaño Asesores

Accidente laboral (2/2): ¿cómo deben actuar el trabajador y la empresa?

Tanto la empresa como el trabajador deben saber cuál es el procedimiento a seguir en caso de que se produzca un accidente de trabajo. Este procedimiento variará en función de la gravedad del accidente ocurrido.



La empresa está obligada a ofrecer a sus trabajadores, asistencia médica en caso de que sufran un accidente laboral, para ello debe tener concertado este servicio en una mutua colaboradora o proporcionar ella misma esta asistencia.


Si se produce un accidente laboral leve en la empresa.

En el caso de un corte poco importante o una pequeña caída, será más que suficiente atender al trabajador con un botiquín de primeros auxilios que le suministrará la propia mutua a la empresa. 


En caso de que el trabajador necesite asistencia médica.


La empresa debe cumplimentar un volante de asistencia y dárselo al trabajador o a su acompañante para que pueda atenderle un médico en la mutua. En dicho volante, la empresa da fe de que se ha producido el accidente en el trabajo. Los volantes también deben ser suministrados por la misma mutua. 


Si el trabajador sufre un accidente laboral y requiera asistencia médica urgente.


Si el centro de salud de la mutua está cerrado o está lejos, es necesario llamar al teléfono de emergencias que es el 112 o trasladar al trabajador al centro sanitario de urgencias más cercano, haciendo constar que es un accidente de tipo laboral. 


La empresa comunicará a la mutua el accidente ocurrido para que ésta haga el seguimiento del paciente lo antes posible.


Al recibir la asistencia médica el/la trabajador/a puede pasar tres posibles situaciones:

  • Que reciba la baja médica por accidente laboral, y por tanto se encuentre en una situación de incapacidad temporal. En este caso, el trabajador no puede trabajar pero tiene algunos derechos como veremos después.

  • Cuando el trabajador no recibe la baja médica tras el accidente laboral y puede reincorporarse a su puesto de trabajo. En esta situación, la empresa o su gestor deberá comunicar a la autoridad laboral competente el accidente ocurrido dentro de los 5 primeros días naturales del mes siguiente al del accidente.

  • Si el accidente es grave o muy grave y ha provocado que el trabajador ya no esté capacitado para volver a trabajar nunca más, y recibe la incapacidad permanente. También puede ocurrir que provoque la muerte del trabajador. En ambos casos, la empresa o su gestor deberá comunicárselo a la autoridad laboral en las siguientes 24 horas al accidente.

Trámites que debe realizar la empresa en caso de accidentes laborales.


En el caso de que un trabajador padeciese un accidente laboral, la empresa debe elaborar un parte de accidente en el cual constaran los datos personales del trabajador que lo ha sufrido, los datos de la empresa en la que trabaja, un breve resumen de cómo se ha producido y las medidas que se han tomado para evitarlo. El trabajador se quedará con una copia de este parte. 


La empresa debe quedarse una copia del informe o atestado que haya levantado la policía si ha sido necesario que ésta acuda al lugar del accidente, y también es recomendable si hubieran testigos saber quienes son y contactar con ellos para que expliquen lo que ha pasado.


Con la finalidad de que no vuelva a suceder es importante que la empresa investigue bien cuáles son las causas que lo han provocado, porque en casos de accidente grave o muerte del trabajador a la empresa pueden hacerle una inspección de trabajo para determinar si estableció correctamente las medidas de seguridad y prevención indicadas en la ley.


En el caso de los partes de accidente laboral sin baja médica, la empresa o su gestor deberá comunicar a la Autoridad Laboral competente los accidentes ocurridos durante los cinco primeros días hábiles del mes siguiente al que se produjeron.


Para los partes de accidente con baja médica, la empresa debe presentarlos en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la fecha en que se produce la baja médica.


Qué derechos tiene el trabajador accidentado


El trabajador que sufre un accidente de trabajo tiene una serie de derechos, porque el empresario cotiza por él a la seguridad social por los conceptos de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.


Los derechos de un trabajador que sufre un accidente laboral son los siguientes:


Asistencia médica

Todos los trabajadores accidentados por motivos laborales tienen derecho a recibir asistencia médica, que englobará todo lo que sea necesario para que recuperen su estado de salud como tratamientos, rehabilitación, e intervenciones quirúrgicas.


Prestación de incapacidad temporal


Si el accidente supone la baja médica temporal para el trabajador, éste tendrá derecho a percibir una prestación económica por incapacidad temporal. El Estatuto de los Trabajadores regula esta situación.


Las características de esta prestación económica son:


  • Para cobrar esta indemnización se requiere que el trabajador esté dado de alta en la Seguridad Social o en una situación similar al alta, que son situaciones en las que el trabajador no está trabajando en activo pero se considera como si tuviera el alta. Un ejemplo de situación similar al alta es cuando el trabajador esté en el paro cobrando el subsidio o lo haya agotado pero está inscrito.

  • No será necesario para cobrar esta prestación que haya cotizado previamente durante cierto tiempo.

  • La cuantía de la prestación se calculará teniendo como base la cotización por contingencias profesionales del mes anterior al del accidente laboral, y la cotización de las horas extra del año anterior.

  • La cantidad que recibe el trabajador como prestación de incapacidad temporal corresponde al 75% de la base reguladora desde el primer día de la baja, que será el día siguiente al que se produjo el accidente. El día en el que ocurre el accidente se considerará como trabajado y la empresa tendrá que pagar el salario íntegro al trabajador.

  • Le corresponderá a la Seguridad Social o a la mutua colaboradora pagar la prestación a la empresa desde el primer día de la baja, siempre que sea el caso más general que es el de pago delegado.

  • Si se comprueba que en la empresa las medidas de seguridad e higiene fueran insuficientes, esta prestación podría incrementarse entre un 30% a un 50%. Este aumento debe ser pagado por la empresa.

  • Si el trabajador fuese despedido durante su baja médica, bajo ninguna circunstancia se le podrá descontar del paro los días que haya cobrado por incapacidad temporal. 

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